Publicidad y código deontológico: qué puede hacer un psicólogo en su web, en Google y en redes

Hacer marketing siendo psicólogo genera muchas dudas: ¿puedo poner opiniones de pacientes en mi web?, ¿cómo respondo a una reseña en Google?, ¿puedo llamarme «psicóloga clínica»?, ¿qué puedo decir en un anuncio? En esta guía repasamos lo que dice el Código Deontológico del Psicólogo del Consejo General de la Psicología y cómo se traduce en decisiones concretas para tu web, tu ficha de Google, tus anuncios y tus redes.

Importante: esta guía es orientativa y no sustituye el asesoramiento de tu colegio profesional ni de un abogado. Nos basamos en el código vigente (con las modificaciones de 2010, 2014 y 2015). El Consejo General está preparando un código nuevo; cuando se apruebe, actualizaremos esta guía.

Lo primero: qué dice el código sobre publicidad

El código tiene un capítulo dedicado a la publicidad (artículos 50 a 53), pero las ideas que más afectan a tu marketing están repartidas por todo el texto. Resumidas:

  • La publicidad se rige por la ley (art. 50). El código no prohíbe anunciarse. Te remite a la normativa general de publicidad y competencia desleal: puedes promocionar tus servicios siempre que lo hagas de forma legal y veraz.
  • Nada de títulos falsos o ambiguos (art. 51). Es una falta grave atribuirse en cualquier medio un título que no tienes, y también usar denominaciones que, sin ser mentira literal, puedan confundir al público. Lo mismo vale para dar credibilidad a técnicas de eficacia dudosa.
  • No crear falsas expectativas (art. 32). Prometer resultados que no puedes garantizar choca directamente con el código.
  • Veracidad y respeto (arts. 6 y 31). Honestidad, sinceridad con los clientes y respeto a las personas también en la comunicación.
  • Base científica (arts. 18 y 21). Tu presentación pública no debe mezclar la psicología con prácticas ajenas a su fundamento científico cuando la ley lo prohíba.
  • Sin desacreditar a colegas (art. 22). Puedes explicar tu enfoque, pero no a costa de hablar mal de otros profesionales o escuelas reconocidas.
  • Secreto profesional (arts. 39 a 45 y 49). Todo lo que sabes de un paciente, incluido el hecho de que es tu paciente, está protegido. Este es el punto que más condiciona las reseñas y los testimonios.
  • Honorarios claros (art. 55). Debes informar del precio antes de prestar el servicio. Publicar tus tarifas en la web es una forma sencilla de cumplirlo.

Tu web

Títulos y especialidades

Es el error más habitual y el más delicado. En España algunas denominaciones están reguladas por ley:

  • Psicólogo/a General Sanitario/a: solo si tienes el Máster en Psicología General Sanitaria o la habilitación correspondiente.
  • Psicólogo/a especialista en Psicología Clínica: solo si has hecho el PIR o tienes el título de especialista.
  • Número de colegiado/a: muéstralo. Da confianza y permite comprobar que estás colegiado/a.

Si no tienes una de esas titulaciones, evita expresiones que la sugieran. Un «psicóloga clínica» sin PIR es justo el tipo de denominación ambigua del artículo 51. Describe lo que haces («psicoterapia para adultos», «terapia de pareja») en lugar de usar etiquetas que puedan confundir.

Si tu consulta está registrada como centro sanitario, en varias comunidades autónomas la publicidad debe incluir el número de registro sanitario. Consulta a tu colegio qué se exige en la tuya.

Testimonios de pacientes

Aquí conviene ser prudente. Publicar opiniones de pacientes choca con varios principios a la vez:

  • Revela que esa persona ha sido tu paciente, algo protegido por el secreto profesional.
  • Aunque el paciente dé su permiso, la relación terapéutica hace difícil que ese consentimiento sea del todo libre (art. 11).
  • La normativa sobre publicidad sanitaria (Real Decreto 1907/1996) prohíbe usar testimonios de pacientes como reclamo en la publicidad con finalidad sanitaria.

Por eso muchos colegios recomiendan no usar testimonios de pacientes en tu web. Hay alternativas que transmiten la misma confianza:

  • Tu formación, tu experiencia y cómo trabajas, explicados con claridad.
  • Tu foto y la de tu consulta.
  • Colaboraciones con instituciones, publicaciones o charlas.
  • Opiniones de colegas o de entidades con las que has trabajado (no de pacientes).

Casos y ejemplos en el blog

Puedes escribir sobre casos para divulgar, pero de forma que no sea posible identificar a la persona (art. 45). Cambia los datos y, mejor aún, usa casos compuestos o ficticios avisando de que lo son.

Precios

Publicar tus tarifas, o al menos un precio orientativo, encaja con el artículo 55 y además filtra las consultas. Si no quieres publicarlas, explica en la primera llamada cuánto cuesta cada sesión antes de empezar.

Tu ficha de Google y las reseñas

Las reseñas de Google las escribe el paciente por su cuenta, en un espacio que no controlas. Eso no está prohibido, pero tu respuesta sí debe respetar el secreto profesional:

  • Nunca confirmes que la persona es o ha sido paciente tuya. Ni siquiera con un «me alegra que la terapia te haya ayudado».
  • Responde de forma genérica: «Gracias por tus palabras. Un saludo».
  • Ante una reseña negativa, no des tu versión ni datos del caso. Responde con calma, invita a hablarlo por un canal privado y, si es falsa u ofensiva, pide a Google que la revise.
  • Pide reseñas sin presionar y sin ofrecer nada a cambio, y nunca durante el proceso terapéutico. Un enlace o un código QR en la consulta suele ser suficiente.

Te contamos más sobre cómo trabajar la ficha en nuestra guía de SEO local para psicólogos.

Además del código, Google tiene sus propias normas para anuncios relacionados con la salud:

  • No supongas nada sobre la persona que lee el anuncio. Frases como «¿Sufres ansiedad?» o «¿Tu pareja te hace daño?» pueden ser rechazadas por Google porque dan a entender que conoces su situación. Funciona mejor hablar de ti: «Psicóloga especializada en ansiedad en Valencia».
  • No prometas resultados («supera la ansiedad en 8 sesiones»). Lo impide el artículo 32 y además suele generar desconfianza.
  • No uses la salud para segmentar. Google no permite crear listas de remarketing ni audiencias basadas en problemas de salud de los usuarios.
  • Terapia online: Google exige certificación a algunos servicios de salud online, y en 2026 ha ampliado esos requisitos en España. Antes de anunciar terapia online, revisa la política de «Atención sanitaria y medicamentos» en el Centro de ayuda de Google Ads.

Si quieres que nos encarguemos de tus campañas cumpliendo todo esto, tienes más información en nuestro servicio de publicidad en Google para psicólogos.

Redes sociales

  • Divulga, no diagnostiques. Explicar qué es la ansiedad está bien. Responder en público a alguien que cuenta su caso en comentarios no: invítale a escribirte en privado.
  • Cuidado con los contenidos de tu consulta. Una foto o un vídeo en la sala puede mostrar a un paciente o algún documento sin que te des cuenta.
  • Nada de seguir ni interactuar con pacientes desde tu cuenta profesional de forma que se pueda deducir la relación.
  • No exageres para ganar alcance. Los titulares sensacionalistas o las promesas rápidas («cura tu trauma en un fin de semana») chocan con los artículos 32 y 51.

Checklist: ¿tu marketing cumple?

1Tu web

2Google

3Redes sociales

Puedes ir marcando lo que ya cumples.

En resumen

El código deontológico no te impide darte a conocer: te pide que lo hagas con verdad, sin prometer lo que no puedes cumplir y protegiendo siempre a tus pacientes. Una web clara sobre quién eres y cómo trabajas, una ficha de Google bien cuidada y anuncios honestos funcionan mejor que cualquier promesa exagerada.

Ante cualquier duda concreta, tu colegio oficial de psicólogos tiene una comisión deontológica que puede orientarte. Puedes consultar el texto completo en el Código Deontológico del Psicólogo (PDF del Consejo General).

¿Quieres una web que cumpla y que te represente?
Redactamos los textos de tu web teniendo en cuenta el código deontológico, y tú los revisas antes de publicar.

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